ASESORÍA FISCAL PARA PARTICULARES
Te asesoramos en todos tus trámites personales, para que no tengas que preocuparte por nada.

Impuesto sobresucesiones

Impuesto sobredonaciones

Impuesto sobre laRenta de las Personas Físicas

Impuesto deNo Residentes

Impuesto sobreTransmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP-AJD)

Certificados deResidencia Fiscal

Otras consultasFiscales y Asesoramiento Personal

IMPUESTO DE SUCESIONES EN ANDALUCÍA
Herencias: cuánto se paga y cuándo no se paga nada

El Impuesto de Sucesiones es el tributo que deben liquidar los herederos cuando reciben bienes, dinero o derechos tras el fallecimiento de una persona.

Sin embargo, en Andalucía existen importantes bonificaciones que hacen que muchas herencias no paguen impuesto.

Conocer estos beneficios fiscales es clave para entender el coste real de heredar.

¿Se paga siempre Impuesto de Sucesiones?

No.En Andalucía, la mayoría de herencias entre familiares directos pueden quedar prácticamente exentas si se cumplen determinados requisitos.

Esto supone una gran diferencia respecto a otras Comunidades Autónomas.

Herencias inferiores a 1.000.000 €: cuándo no pagan nada

Actualmente, en Andalucía existe una bonificación del 99% en el Impuesto de Sucesiones para herederos incluidos en los Grupos I y II:
  • Hijos

  • Padres

  • Cónyuges

  • Nietos

  • Abuelos

Cuando la herencia individual recibida por cada heredero es inferior a 1.000.000 €, el impuesto a pagar puede resultar prácticamente nulo.

¿Por qué no se paga impuesto?

Porque la normativa autonómica aplica dos beneficios fiscales acumulados:
1️⃣ Reducción por parentesco
2️⃣ Bonificación autonómica del 99% sobre la cuota resultante

Esto reduce el impuesto a cantidades simbólicas o incluso a cero euros en muchos casos.

Ejemplo práctico sencillo

Supuesto:
  • Herencia de padres a hijo

  • Valor heredado: 250.000 €

Tras aplicar reducciones y bonificación:

Impuesto final: 0 € o importe mínimo simbólico

Esto explica por qué muchas herencias en Andalucía no generan coste fiscal.

¿Significa que no hay que hacer trámites?

No. Aunque no se pague impuesto, sigue siendo obligatorio:
  • Presentar el Impuesto de Sucesiones

  • Firmar la adjudicación de herencia

  • Cambiar titularidad de bienes

  • Registrar inmuebles

No hacerlo puede bloquear ventas o gestiones futuras.

Cuándo sí se paga Impuesto de Sucesiones

Puede haber tributación cuando:
  • Se supera el millón de euros por heredero

  • No existe parentesco directo

  • Heredan sobrinos, hermanos o terceros

  • Existen patrimonios preexistentes elevados

En estos casos el impuesto puede aumentar considerablemente.

Importancia de planificar la herencia

Antes o después del fallecimiento es recomendable analizar:
  • Valor real de los bienes

  • Coste fiscal estimado

  • Posibles reducciones

  • Estrategias de reparto

Una correcta planificación evita sorpresas y optimiza la carga fiscal.

Nuestro servicio de gestión de herencias

Nos encargamos de todo el proceso:
  • Estudio fiscal previo

  • Cálculo del Impuesto de Sucesiones

  • Aplicación de bonificaciones autonómicas

  • Coordinación notarial

  • Presentación del impuesto

  • Cambios de titularidad

Para residentes y no residentes.
¡Atención! Este sitio usa cookies y tecnologías similares.

Si está de acuerdo pulse aceptar. Si prefiere modificarlas a su gusto pulse en CONFIGURAR COOKIES